Omisión de denuncia en Carabineros y PDI: cuándo existe y qué debe probarse | 3 casos reales
Автор: Juan Luis Railef Balmaceda
Загружено: 2026-07-20
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¿Cuándo se configura realmente una omisión de denuncia? ¿Qué debe conocer el funcionario? ¿Qué antecedentes permiten acusarlo? ¿Basta con que un procedimiento haya salido mal?
En este video analizamos de manera pedagógica tres casos reales y anonimizados:
Una denuncia que sí estaba ingresada en AUPOL, pero no fue detectada por una segunda unidad.
Dos resultados positivos en un examen institucional de drogas, seguidos de una medida expulsiva inmediata, pero con una denuncia penal presentada más de dos años después.
Una acusación por no denunciar un hecho que finalmente fue declarado no constitutivo de delito.
Explicamos los elementos que deben concurrir para hablar seriamente de omisión de denuncia:
existencia de un hecho que razonablemente pueda constituir delito;
conocimiento concreto por parte del funcionario;
deber y posibilidad real de denunciar;
falta efectiva de denuncia dentro del plazo legal.
También abordamos las consecuencias administrativas que una acusación de esta naturaleza puede producir en Carabineros y en la Policía de Investigaciones.
Este contenido está dirigido exclusivamente a funcionarios de Carabineros y PDI.
Agradecemos al funcionario que propuso este tema. Las sugerencias para próximos videos pueden enviarse en los comentarios o mediante mensaje privado.
No publique nombres, datos personales ni antecedentes reservados.
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