EL CONTRATO DE SEÑAL AL COMPRAR UN PISO
Автор: DLM ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS
Загружено: 2025-10-30
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La Señal es el pago que el comprador hace para reservarse el inmueble antes de firmar el Contrato de Arras.
La Señal también es frecuente en alquileres de locales antes de firmarse el correspondiente contrato de arrendamiento.
Normalmente el pago de la Señal se hace a la inmobiliaria, aunque también puede ser al propietario.
🚨🚨 Es muy importante plasmar por escrito los términos de la Señal, donde entre otros aspectos se regule:
▶️ El importe que se va a pagar, debiendo indicar si es un adelanto del precio o es un importe que la inmobiliaria luego debe devolvernos.
▶️ El plazo que hay para firmar el Contrato de Arras o el Contrato de Alquiler.
▶️ En qué casos la Señal se debe devolver al comprador, por ejemplo por no llegarse a un acuerdo sobre los términos de las Arras o del Alquiler.
👉🏼 En este supuesto, habrá que dejar bien claro cuándo se entiende que es culpa del comprador o del vendedor el no llegar a ese acuerdo sobre las Arras o el Alquiler.
▶️ También habrá que establecer el plazo para devolvernos la señal y qué ocurre si no se hace esa devolución.
🚩 En resumen, aunque aparentemente es un documento sencillo al que no se le da importancia, del mismo pueden surgir muchos problemas si no se ha redactado correctamente.
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