Que es la Ley “Sólo sí es Sí”, un disparate jurídico (te lo fundamento) 👌🏾
Автор: Xavi Abat
Загружено: 2022-07-29
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ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual.
Más conocida como ley de solo sí es sí, la norma acaba con la distinción entre abuso y agresión sexual
regula la necesidad de que exista un consentimiento expreso y explícito en las relaciones sexuales:
“Solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente, mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”
“El modelo de solo sí es sí deja claro que el silencio o la pasividad no necesariamente significan consentimiento”, explican desde el Gobierno.
Con esta reforma, las víctimas ya no tendrán que acreditar que han sufrido violencia o que se han resistido para demostrar que ha habido agresión sexual. Se elimina la distinción entre abuso y agresión sexual y todo acto sexual sin el consentimiento de la otra persona será una agresión, castigada con pena de prisión de 1 a 4 años.
La violación será la agresión sexual con penetración y estará castigada con pena de prisión de cuatro a doce años.
La ley del sí es sí se aprobará en septiembre y entrará en vigor un mes después, en octubre
El Tribunal Supremo viene exigiendo unos requisitos para que el silencio se considere consentimiento o conformidad en los negocios jurídicos
¿El que calla está consintiendo o aceptando la oferta de la otra parte?
El art. 1262 del Código Civil considera existente el consentimiento en los contratos cuando concurren la oferta y la aceptación sobre la cosa y la causa.
Pero NO exige que la aceptación se preste de forma expresa.
dos factores (Sentencia del Tribunal
Supremo nº 483/2004, de 9.06.2004):
1.- Requisito subjetivo
Que implica que quien guarda silencio tenga conocimiento de los hechos que motivan la posibilidad de contestación.
2.- Requisito Objetivo
Exige que quien guarda silencio (“silente”) tenga obligación de contestar, o, cuando menos, fuera natural y normal que manifestase su disconformidad , si no quería aprobar los hechos o propuestas de la otra parte.
El Tribunal Supremo señala con carácter general que, cuando en el marco de una relación jurídica preexistente una de las partes lleva a cabo un acto concreto que debería obtener una respuesta de la otra, bien aceptándolo bien rechazándolo, si esta última, pudiendo y debiendo manifestarse, GUARDA SILENCIO, debe considerarse, en aras de la buena fec, que ha consentido.
Sentencia del Tribunal Supremo de 1.10.2019 sobre el silencio y el consentimiento
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