12 ENE DJ ANUAL 2025
Автор: Luis Fernando
Загружено: 2026-01-13
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12 ENE DJ ANUAL 2025
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En el contexto tributario de Perú, la *Declaración Jurada (DJ) Anual 2025* es el documento oficial que presentas ante la *SUNAT* para informar tus ingresos, gastos y determinar el Impuesto a la Renta (IR) correspondiente al ejercicio fiscal 2025 (del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025).
A continuación, te detallo lo más importante que debes saber para este periodo:
1. ¿Quiénes están obligados a declarar?
Existen dos grupos principales obligados a presentar esta declaración:
Personas Naturales (Sin Negocio)
Quienes tengan un saldo por pagar a favor del fisco.
Quienes arrastren saldos a favor de años anteriores.
Quienes perciban Rentas de Cuarta (independientes) y/o Quinta Categoría (planilla) y deduzcan gastos de alquiler o intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda.
Empresas y Negocios (Tercera Categoría)
Contribuyentes del *Régimen General* y del **Régimen MYPE Tributario**.
Aquellos que hayan obtenido rentas o pérdidas en el ejercicio 2025.
Nota: Los del Régimen Especial (RER) y el NRUS no presentan declaración anual.
2. Formularios Virtuales
La SUNAT habilita herramientas específicas según el tipo de contribuyente:
| Formulario | Dirigido a... | Disponibilidad estimada |
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| *Virtual 709* | Personas Naturales (Rentas de capital y trabajo). | Desde el **31 de marzo de 2026**. |
| *Virtual 710* | Empresas (Simplificado o Completo). | Desde el **2 de enero de 2026**. |
3. Cronograma de Vencimientos 2026
El calendario se basa en el **último dígito de tu RUC**. Para el ejercicio 2025, existen dos fechas clave dependiendo de si eres una empresa grande o una MYPE/Persona Natural protegida por la Ley N° 31940:
Cronograma General (Empresas Grandes/Otros)
*Vencimientos:* Entre el **26 de marzo y el 13 de abril de 2026**.
Cronograma Ampliado (Personas Naturales y MYPEs)
Gracias a la Ley N° 31940, estos contribuyentes tienen más tiempo:
*Vencimientos:* Entre el **27 de mayo y el 10 de junio de 2026**.
IMPORTANTE:
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Los *Buenos Contribuyentes* suelen tener una fecha especial, generalmente al final de cada cronograma.
4. ¿Qué pasa si no declaro?
Si estás obligado y no presentas la DJ Anual dentro de los plazos, incurres en una infracción tributaria (Código Tributario), lo que conlleva:
*Multas:* Calculadas en base a la UIT vigente (para el 2026).
*Intereses moratorios:* Se aplican diariamente sobre el impuesto no pagado.
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