Convención de Viena 1980 Contratos de Compraventa Internacional | CISG | Comercio Exterior
Автор: Acavir Cursos Ministerio del Trabajo
Загружено: 2020-03-14
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¿Qué es la compraventa internacionl?
La compraventa internacional es aquella operación bilateral que se realiza entre dos partes, un vendedor y un comprador, ambos domiciliados en países distintos, en el cual el vendedor acuerda transferir la propiedad de mercaderías al comprador a cambio de un precio cierto en dinero o signo que lo represente.
¿Qué es la CISG?
La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías [CISG ] es un tratado constituido en derecho internacional uniforme para operaciones de compraventa, ha sido ratificado por 89 países, conformando una proporción significativa del comercio mundial, lo que la convierte en una de las normas de derecho internacional de mayor éxito.
La CISG fue elaborada por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional [CNUDMI] y adoptada por una conferencia diplomática el 11 de abril de 1980.
Compraventas excluidas de la convención de viena
Uso personal, familiar o doméstico
En subastas
Judiciales
De valores mobiliarios
Títulos o efectos de comercio y dinero
De buques, embarcaciones, aerodeslizadores y aeronaves
De electricidad
Que constituyen contratos complejos
La convención de Viena establece como obligaciones del Vendedor
Entregar las mercaderías [Conformidad]
Entregar los documentos [Títulos de valor]
Transmitir la propiedad [Actividades]
La convención de Viena establece como derechos del Vendedor
Exigir al comprador:
Que pague el precio
Que reciba las mercaderías
Que cumpla las obligaciones que le incumban
Indemnización
La convención de Viena establece como obligaciones del Comprador
Examinar las mercaderías [Conformidad]
Recibir las mercaderías
Pagar el precio
La convención de Viena establece como derechos del Comprador
Rehusarse a recepción de las mercaderías [*precio], y exigir al vendedor:
Que entregue las mercancías [conformidad]
Que cumpla las obligaciones que le incumban
Indemnización
La convención de Viena establece como disposiciones comunes para las partes
Diferir el cumplimiento de sus obligaciones
Resolver el contrato
Indemnizar
Percibir intereses
Exoneración de responsabilidades
Conservar las mercaderías
Para la transmisión de riesgos
La CISG establece dos escenarios para la transición de riegos
Entregue a un porteador
Entregue a comprador
Para la transmisión de riesgos también se puede aplicar alguna de las cláusulas comerciales como las Reglas Incoterms
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